QUIENES SOMOS

Somos un grupo de Abogados especializados en el Derecho Penal, coordinados por el Doctor GUSTAVO ADOLFO VILLANUEVA GARRIDO que, a raiz de la vigencia del nuevo sistema penal acusatorio, decidimos, de manera desinteresada y con carácter pedagógico, dedicarnos a la tarea de capacitar y divulgar nuestra ciencia, utilizando la web como herramienta para enriquecer el debate y democratizar el conocimiento

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CUADROS SISTEMA ACUSATORIO

MAPA DEL SISTEMA ACUSATORIO

CONTROL DE GARANTIAS

MEDIDAS DE ASEGURAMIENTO

ACUERDOS Y PREACUERDOS

REGIMEN PROBATORIO

PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD

INTERROGATORIOS

Presentaciones Power Point

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CUADRO DE DOSIFICACION DE PENAS

 

 

Las penas dosificadas para todos los delitos por cuartos                                                     

 

 

 

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    Sindicación

    Recursos
    Escrito por Gustavo A. Villanueva.G   

    PRINCIPIO DE CONFIANZA LEGITIMO

    Mediante sentencia del 15 de julio de 2008 la Corte señala que la presentación de un recurso en notaria es extemporaneo, así se presente a tiempo,  si el documento no arriba a la secretaria del juzgado, tribunal o corte antes de que venza el término de ejecutoria fijado en la ley y no en una constancia secretarial, ni siquiera en virtud del principio de confianza legitimo.

     
    Injuria por via de hecho
    Escrito por Gustavo A. Villanueva.G   

    TERRORISMO  PENAL

    Mediante sentencia del 2 de julio de 2008 la Corte casa, de oficio, una sentencia  en que el Tribunal de Bogotá condenó a un tendero que besó y tocó abusivamente los gluteos de una menor con el argumento de que estos actos no afectaron el interés jurídico protegido, en tanto no alcanzan la connotación de perjuicios a la libertad, integración y formación sexual de la menor, por lo que, concluye, se incurrió en una indebida imputación juridica que genera la nulidad desde la formulación de imputación, por lo que "llamó a la cordura a los funcionarios públicos en orden a cuestionarse qué tanta justicia material existe en este tipo de condenas que adolecen de imprecisión en la adecuación tipica?", pues este tipo de inexactitudes convierten el derecho en un "terror penal".

     

     
    Más incremento de penas
    Escrito por Gustavo A. Villanueva.G   

    LEY 1220

    Con fecha del 16 de julio de 2008 el presidente sancionó la ley 1220 por medio de la cual se  incrementaron las penas para  los delitos previstos en los artículos 368 al 374 del Código Penal (contra la salud pública) . Por ejemplo, la violación de medidas sanitarias para impedir la introducción o propagación de una epidemia será castigada con prisión de 4 a 8 años; la propagación de epidemia, con cárcel de 4 a 10 años; la propagación del VIH o de la hepatitis B, con prisión de 6 a 12 años, y la contaminación del agua destinada al consumo humano, con cárcel de 4 a 10 años

     
    Curso causal hipotetico en accidente de transito
    Escrito por Gustavo A. Villanueva.G   

    CURSOS CAUSALES HIPOTETICOS

    Mediante sentencia de julio 2 de 2008, al casar la sentencia que la prensa tituló “no siempre el que pega por detrás paga”, la Corte aborda varios temas que se enmarcan dentro de la imputación objetiva, específicamente lo regulado en el artículo 9º del C.P., en relación con la concurrencia de riesgos o concausalidad, la autoría accesoria y  los resultados sobrecondicionados o de causalidad acumulativa

     

     

     

     
    Defectos de motivación
    Escrito por Gustavo A. Villanueva.G   

    MOTIVACION SOFISTICA, FALSA O APARENTE

    La Corte, mediante sentencia de julio 2 de 2008, en una interesante providencia, casa una sentencia proferida por el Tribunal de San Gil, con el argumento de que incurrió en  una falsa motivación entendida como “aquella que es inteligible, pero equivocada debido a errores relevantes en la apreciación de las pruebas, porque las supone, las ignora, las distorsiona, o desborda los límites de racionalidad en su valoración”,   y que podría ocurrir al comparar la conducta con las normas que la adecúan, o en el ejercicio de valoración probatoria, lo cual comporta la violación directa o indirecta de la ley, según el caso. 

     

     
    Unidad Procesal
    Escrito por Gustavo A. Villanueva.G   

    UNIFICACION DE INVESTIGACIONES

    Mediante providencia del 23 de junio de 2008  la Corte inadmite un recurso de casación aclarando que no constituye nulidad el que uin juez de conocimiento, a petición del fiscal, unifique la investigación que se adelanta contra el imputado que se retractó del allanamiento a cargos con la que se adelanta con los que no se allanaron, teniendo en cuenta que  que "hasta la audiencia preparatoria es posible adoptar decisiones de esta naturaleza, y que la unificación permitió hacer efectivos los principios de de unidad procesal, concentración probatoria, eficiencia del procedimiento y eficacia de la justicia,que, como es sabido, se erigen en principios rectores del sistema acusatorio"

     
    Principio de Congruencia
    Escrito por Gustavo A. Villanueva.G   

    VARIACION DEL DELITO EN LA CASACION

    La Corte, mediante sentencia del 2 de julio de 2008, casa un fallo  en que un tribunal condena a un empleado oficial por enriquecimiento ilícito  y, variando el delito, lo  condena por abuso de autoridad por acto arbitrario o injusto, argumentando que tal disconformidad, la de ser condenado por un delito distinto al imputado en la acusación, no quebranta el principio de congruencia, en tanto este solo se vulnera cuando la nueva calificación desconoce el eje central o básico de la acusación. En esta sentencia se hace un estudio  dogmatico del delito de enriquecimiento ilícito de servidor público para concluir que en la realización típica de este punible es condición insustituible, entre otros presupuestos, que exista relación causal entre el indebido incremento y la función.     

     
    Variaciones de agravación
    Escrito por Gustavo A. Villanueva.G   

    CAMBIO JURISPRUDENCIAL EN RELACION CON LA VARIACION DE LA CALIFICACION JURIDICA

    la Sala Penal de la Corte de manera oficio, en sentencia del 2 de julio de 2007, modificó la linea jurisprudencial trazada desde el 14 de febrero de 2002 que permitía la variación de la calficación no solo por prueba sovreviniente, sino también mediante prueba antecedente, para precisar que las variaciones de agravación, diferentes a la erronea calificacion que hacen relación al nomen juris, solo son procedentes en la medida en que se de el presupuesto factico de la prueba sobreviviente surtida en la fase del juicio, de donde se concluye que esta es un requisito de procedibilidad y en un postulado de necesidad.

     

     
    Fines de la casación
    Escrito por Gustavo A. Villanueva.G   

    LA RECTRACTACION Y EL RECURSO DE CASACION

    la Corte, mediante providencia 29065 del 6 de junio de 2008, precisa que quien se ha allanado a  cargos carece de interés para recurrir en casación porque la sentencia impugnada satisface integramente sus pretensiones, bien porque acoge sus posturas defensivas o porque se dicta en total correspondencia con los acuerdos que se han realizado dentro de los marcos de la justicia consensuada o porque tampoco tiene interes  para hacerlo cuando siendo la decision desfavorable es consentida por el afectado.

     

     

     

     
    Accidente de transito
    Escrito por Gustavo A. Villanueva.G   

    EL DEBER OBJETIVO DE CUIDADO Y LA EMBRIAGUEZ EN EL HOMICIDIO CULPOSO

    Mediante sentencia 26900 la Corte al resolver un recurso de casación en que un tribunal superior absuelve, no obstante su embriaguez, al conductor de un camión que atropelló y mató a un ciclista, aborda temas como la compensación de culpas, la confluencia de riesgos, la autoresponsabilidad de la victima, los cursos causales hipoteticos, el concepto de embriaguez  y la relación de causalidd que debe existir entre esta y el resultado tipico para su imputación.

     
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    CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

    LA TUTELA CONTRA PROVIDENCIAS JUDICIALES EN LA JURISPRUDENCIA DE LA CORTE CONSTITUCIONAL

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    Serie Documentos No 2

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    MODULO PARA FISCALES

    ESTRUCTURA DEL PROCESO PENAL

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    Noviembre de 2007

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    FISCALIA GENERAL DE LA NACION

    100 PREGUNTAS SOBRE EL SISTEMA ACUSATORIO

    RESPUESTAS

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    CORTE CONSTITUCIONAL

    SENTENCIAS DE CONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY 906/04

    (HAZ CLIC)

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    DEFENSORIA DEL PUEBLO

    LA PRUEBA EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO

    USAID

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    CORTE CONSTITUCIONAL

    SENTENCIAS DE CONSTITUCIONALIDAD SOBRE LEY DE JUSTICIA Y PAZ

    (haz Clic)

    ley 975 de 2005

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    LEY 1142 DE 2007

    COMENTARIO SOBRE LA SENTENCIA C-425/08

    (haz clic)

    Abril 30 de 2008

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    entrevista

    ENTREVISTA

    El Tribunal de Pereira mediante sentencia de segunda instancia concluye que la entrevista, cuando el testigo que la rindió no comparece a la audiencia o se muestra renuente a declarar, se asimila a la prueba de referencia, siempre que la haya aducido en el juicio un testigo de acreditación. (haz clic para consultarla)

    Este fallo fue confirmado por la Corte Mediante sentencia 26411 de Noviembre de 2007 y la puede consultar en esta página

    EXCEPCION DE INCONSTITUCIONALIDAD

    El Tribunal de Bogotá,mediante sentencia de Septiembre 4 de 2007, deja de aplicar, por excepción de inconstitucionalidad, el numeral 8o del artículo 199 de la ley de infancia y concede la rebaja de pena por allanamiento a un procesado por el delito de secuestro a un menor de edad.

    (Solicitela y se la remitimos a su correo electrónico)

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    COOPARTICIPACION EN EL DELITO IMPRUDENTE

    La Corte mediante sentencia del 8 de Noviembre de 2007 aborda el tema de la participación plural en el delito culposo para concluir que no es un imposible dogmatico. Igualmente se detiene sobre el tema del riesgo permitido y específicamente sobre el principio de confianza, las acciones a propio riesgo y las conductas socialmente adecuadas.

    (Solicitela y se la remitimos a su correo electónico)

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    NULIDAD POR VIOLACION AL DERECHO DE LAS VICTIMAS

    Mediante auto de Octubre 12 de 2007 el Tribunal Superior de Manizales declaró la nulidad de un proceso, con allanamiento a cargos, en que el juez de conocimiento se abstuvo de citar a las victimas a la audiencia de indivualizacion de la pena y la sentencia.

    (Solicitelo y se lo remitimos a su correo electrónico)

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    REO AUSENTE

    Mediante sentencia de tutela 31929 del 4 de Ocubre de 2007 la C.S.J. confirma una decisión del Tribunal de Ibagué y tutela el derecho de un condenado declarado irregularmente reo ausente.

    (Solicítela y se la remitimos a su correo electrónico)

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    VIOLACION AL D. DE DEFENSA POR ABOGADO INCOMPETENTE

    La Sala Penal de la C.S.J. mediante sentencia 27283 del 1o de Agosto de 2007 declara la nulidad de un proceso, por violación al Derecho de Defensa, ante la incompetencia e ignorancia de una defensor en el manejo del esquema acusatorio,con salvamento de voto del magistrado Mauro Solarte

    (Solicítela y se la remitimos a su correo electronico)

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    REFORMATIO IN PEJUS Y JUSTICIA MATERIAL

    Mediante sentencia 27759 de Septiembre 12 de 2007 la Corte S. de Justicia reincide y desconoce, otra vez, la prohibicion de reforma peyorativa, con el gaseoso argumento, ahora, de que prevalece la justicia material y el principio de legalidad en los terminos de la imputación para efectos de los preacuerdos. Legitima, igualmente, la aprobación o nulidad parcial de los acuerdos por parte del Juez de primera instancia, precisa que las sentencias de segunda instancia sobre preacuerdos puede ser mixta y que la ley 906 no regula limitación alguna respecto a la competencia del ad quen.

    (Solicitela y se la remitimos a su correo electró)

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    EL  CIVILMENTE RESPONSABLE EN UN ACTO SEXUAL ABUSIVO

    La Sala Penal del Tribunal de Bogota, mediante sentencia del 13 de Septiembre de 2007, condena al Club el Nogal como tercero civilmente responsable en un delito de Acto sexual abusivo cometido por uno de sus empleados. Sentencia 34801

    (Solicitela y se la remitimos a su correo electrónico)

     

    NIEGAN REBAJA DE PENA

    Mediante auto de Septiembre 12 de 2007 la Corte Suprema de Justicia niega la rebaja de pena del allanamiento al homicida de un menor de edad en aplicación de la ley de infancia y adolecencia.

    auto 28080

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    EL DEFENSOR EN LA LEY 906/07

     

    Mediante sentencia 26827 del 9 de Julio de 2007 la Corte Suprema precisa el rol del Defensor en la ley 906 en contraste con el jugaba en el  anterior esquema procesal, para señalar que no puede ser pasivo, debe ser proactivo y afirmativo de la Presunción de Inocencia. Decreta la nulidad por falta de defensa tecnica en un caso en que el defensor no presenta su teoria del caso ni alegato de conclusión.

    (Solicítela y se la remitimos a su correo electrónico)

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    JUEZ DE CONOCIMIENTO CAMBIA IMPUTACION

    Mediante sentencia del 9 de Julio de 2007 un juez especializado, con funciones de conocimiento, despues de anunciar el fallo condenatorio en el juicio oral cambia, al momento de proferir la sentencia, el delito imputado por la acusación y en lugar de condenar por secuestro extorsivo condena por concusión a tres policiías.

    Sentencia proceso  No. 2006-0082

     

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    CONCURSO Y NON BIS IN IDEM

     

    Mediante sentencia 27383 del 25 de Julio de 2007, de manera pedagógica, la Sala Penal de la Corte Suprema precisa las diferencias entre el concurso real, ideal, heterogéneo, homogenio, delito continuado, delito masa y especialmente en lo relativo al concurso aparente, al delito complejo y al principio del Non Bis In idem.

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    MANUAL DE LA FISCALIA SOBRE LA LEY 1142/07

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    Conozca la posición oficial de la Fiscalia frente a la ley 1142 de 2007 por medio de la cual se modifica la ley 599 de 2000 y las leyes 600 y 906 de 2000 y  2004, respectivamente, en consideración, además,  a que dicha ley fue iniciativa del señor Fiscal con el pretexto de lograr mayor seguridad.

    MANUAL LEY 1142/07

     

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    DESCONOCER PRECEDENTE NO ES VIA DE HECHO

    La Corte Suprema, mediante sentencia de Julio 17 de 2007, niega una tutela con el argumento de que desconocer un precedente, así sea de las altas Cortes, no constituye via de hecho, en contravía de lo que al respecto ha conceptuado la Corte Constitucional.

    SENTENCIA 30696

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    PROHIBICION DE PRUEBAS DE OFICIO

    Mediante sentencia  de Mayo 27 de 2007 la Corte Constitucional declara exequible el articulo 361 del C.P.P., es decir, declara constitucional la norma que prohibe al juez decretar pruebas de oficio pero aclara que esta prohibición no se extiende al juez de control de garantía cuando de garantizar los derechos fundamentales se trata.

    Sentencia c-396 de 2007

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    AUDIENCIA INDIVIDUALIZACION DE PENAS

    Mediante sentencia 26716 de Mayo 16 de 2007 la Corte Suprema precisa los términos en que se debe adelantar la audiencia de individualizacion de penas a que se refiere el articulo 447 del C.P.P.

    (Solicitela y se la remitimos a su correo electrónico)

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    CONTROL DE LEGALIDAD DE LA CAPTURA

    Mediante la sentecia 26310 de Mayo 16 la Sala Penal de la C.S .J. precisa los términos en que se debe adelantar el control de legalidad sobre la captura en situación de flagrancia y concluye que  solo en cinco casos el juez de garantias puede controlar la legalidas de los elementos probatorios o evidencia f'isica incautada. Por ultimo aclara la actitud que debe adoptar el juez de conocimiento ante una solicitud de preclusion de la instruccion.

    (Solicitela y se la remitimos a su correo electronico)

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    DIFERENCIAS ENTRE ARCHIVO Y PRECLUSION

    Mediante sentenica de Junio 5/07, al definir la competencia entre una fiscal local y un juez penal con funciones de conocimiento, la C.S.J.  se aparte de la posición de la Corte Constitucional en torno al concepto de tipicidad objetiva y precisa las diferencias entre el archivo de las diligencias propia de la fiscalía en la etapa preliminar y la preclusión de la investigación de competencia del juez de conocimiento.

    Diferencia entre archivo y preclusion de la investigacion

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